Multas de la Ley Federal de Seguridad Privada en 2026, en pesos
Calculado con el valor de la UMA vigente desde el 1 de febrero de 2026.
La respuesta corta
| Rango legal | 1,000 a 5,000 UMA |
| UMA 2026 (diaria) | $117.31 |
| Multa mínima | $117,310 |
| Multa máxima | $586,550 |
Y el dato que duele más que el monto: todas las sanciones se publican en el Diario Oficial de la Federación con el nombre del infractor, a costa del infractor.
El catálogo de sanciones
Artículo 42 de la Ley Federal de Seguridad Privada. Se podrán imponer una o más de las siguientes sanciones:
| # | Sanción | Qué implica en la práctica |
|---|---|---|
| 1 | Amonestación, con difusión pública en el sitio de la Secretaría | Tu nombre publicado |
| 2 | Multa de 1,000 a 5,000 veces el salario mínimo, hoy leído como UMA | $117,310 a $586,550 |
| 3 | Suspensión de la autorización de uno a seis meses | No puedes operar |
| 4 | Clausura del establecimiento, matriz y sucursales | — |
| 5 | Revocación de la autorización | Se acabó |
El encabezado dice "una o más", y no son opciones excluyentes: una resolución puede traer multa, suspensión y difusión pública a la vez.
Sobre el cálculo: salario mínimo o UMA
El artículo 42 fue escrito cuando las sanciones se expresaban en veces el salario mínimo general vigente en el Distrito Federal. La reforma constitucional de 2016 desvinculó el salario mínimo de este tipo de referencias y creó la Unidad de Medida y Actualización (UMA) justamente para sustituirlo en multas, créditos y obligaciones.
Por eso hoy la cifra se lee en UMA. Es la misma lógica que siguió la Ciudad de México cuando, en marzo de 2025, sustituyó formalmente sus "Unidades de Cuenta" por UMA en su ley local.
El valor vigente:
| UMA diaria 2026 | $117.31 |
| Publicada por | INEGI, DOF del 9 de enero de 2026 |
| Vigente desde | 1 de febrero de 2026 |
El valor de la UMA se actualiza cada año en enero y entra en vigor el 1 de febrero. Los montos de esta página cambian cada año; la fecha de última revisión de arriba te dice contra qué valor están calculados.
Qué te suspende la autorización
El artículo 42, fracción III lista las omisiones que dan lugar a suspensión de uno a seis meses. Remite a fracciones concretas del artículo 32:
| Fracción del art. 32 | De qué se trata |
|---|---|
| III | Capacitación periódica al total de elementos |
| VI | Exámenes médicos, psicológicos y toxicológicos anuales |
| XVI | Inscripción del personal en el Registro Nacional |
| XIX, XXIII, XXIV, XXV, XXVII | Avisos y obligaciones de reporte |
Y por su cuenta, con inciso propio:
c) No presentar en tiempo la solicitud de revalidación de autorización.
Pasarse de los 30 días hábiles es causal de suspensión directa. No de multa: de suspensión. Y una empresa de guardias suspendida no puede prestar servicio ni facturar.
Qué te revoca la autorización
Del mismo artículo, fracción V. La más grave y la más fácil de cometer sin darse cuenta:
c) Asignar elementos operativos, para prestar servicios, sin que estos cuenten con la autorización vigente o en trámite.
Cómo se llega ahí sin querer, en tres pasos:
- A un elemento se le vencen los exámenes.
- Por el artículo 50 del Reglamento, deja de estar vigente en el Registro Nacional.
- Alguien lo pone en el rol del turno de mañana.
Ninguno de los tres pasos genera una alerta. El examen vencido no avisa, el supervisor que arma el rol no ve esa fecha, y la persona sigue trabajando con normalidad.
También son causales de revocación: exhibir documentación apócrifa o proporcionar datos falsos, no subsanar lo que originó una suspensión, y no pagar los derechos de la revalidación.
La sanción que pesa más que el dinero
Artículo 42, penúltimo párrafo. En todos los casos se dará difusión pública a las sanciones, la cual se hará a costa del infractor, en el Diario Oficial de la Federación y en uno de los diarios de mayor circulación nacional, identificando claramente al infractor, el tipo de sanción, el número de su autorización y el domicilio de su establecimiento.
Tres cosas de ese párrafo: no es discrecional —dice "en todos los casos"—, la publicación la pagas tú, y te identifica con número de autorización y domicilio.
Para una empresa que vive de contratos corporativos, aparecer así en el DOF y en un diario nacional es un problema que dura años. El área de compras de cualquier cliente lo encuentra en la primera búsqueda.
El riesgo real no es el monto. Es el registro público.
Y en los estados
Si operas en una sola entidad federativa te rige la ley local (art. 1 LFSP). Como referencia, la Ciudad de México:
Artículo 49 de la Ley de Seguridad Privada para la Ciudad de México. Apercibimiento; amonestación con difusión pública; y multa de hasta cinco mil veces la UMA vigente.
Con la UMA 2026: hasta $586,550. La vigencia de la autorización también es de un año (art. 21), con revalidación al término (art. 22).
Y hay un artículo de la ley capitalina que multa a tu cliente por contratarte si no cumples. Está explicado aquí, y comercialmente es el más importante de todos.
Que sí se sanciona: 2025 en números
La Dirección General de Seguridad Privada sancionó a más de veinte empresas de seguridad privada durante 2025 —entre ellas Águilas y Servicios de Seguridad Privada, Asesores en Riesgos, Grupo CISCOP, Indumil y Estrategia y Tecnología en Seguridad Privada—, con multas que llegaron a $325,710 y varias por encima de 1,000 UMA.
Los incumplimientos detectados:
- No registrar altas y bajas de personal
- Omitir registros de equipo y modelos de uniforme
- No entregar los resultados de exámenes médicos, psicológicos y toxicológicos
- Falta de resultados actualizados de control de confianza
- Ausencia de las constancias de capacitación DC-3
- Prestar servicios en modalidades no autorizadas
- Incumplir estándares de derechos humanos del personal operativo
- Faltar el registro de sucursales y del personal administrativo
- No mantener credenciales y señalización en regla
Las sanciones se fundaron en los artículos 12, 13, 25, 28 y 32 de la LFSP.
Es un riesgo con nombres, no una hipótesis.
Una advertencia sobre lo que vas a leer en otros sitios
Buscando sobre esto aparecen páginas que hablan de "las reformas de 2022" y de "las reformas de 2024" a la Ley Federal de Seguridad Privada. No existen: la última reforma es del 17 de octubre de 2011.
El historial oficial y por qué importa están en la guía sobre la revalidación. Para efectos de esta página basta con una consecuencia: el artículo 42 sigue diciendo "salario mínimo" porque nadie lo ha tocado desde antes de que existiera la UMA, y de ahí sale toda la confusión sobre cómo se calculan los montos.
Preguntas frecuentes
¿Las multas se calculan con UMA diaria, mensual o anual? Con la UMA diaria, que en 2026 es de $117.31. El artículo habla de "veces" la unidad de referencia, y la referencia diaria es la que aplica a este tipo de multas.
¿Cambian los montos cada año? Sí. El valor de la UMA lo publica el INEGI en enero y entra en vigor el 1 de febrero. Los montos de esta página están calculados con el valor 2026.
¿Pueden imponerme multa y suspensión al mismo tiempo? Sí. El artículo 42 dice expresamente "una o más de las siguientes sanciones".
¿La difusión pública en el DOF es opcional? No. El penúltimo párrafo del artículo 42 dice "en todos los casos", y además la publicación corre a costa del infractor.
¿Qué es lo más grave que me puede pasar? La revocación de la autorización, prevista en la fracción V. El supuesto más fácil de cometer sin querer es asignar a un servicio a un elemento sin autorización vigente — por ejemplo, con los exámenes vencidos.
¿Cuánto tiempo puede durar una suspensión? De uno a seis meses, según el artículo 42, fracción III.
Fuentes
- Ley Federal de Seguridad Privada, texto vigente — Cámara de Diputados. Última reforma DOF 17-10-2011, artículos 32 y 42
- Historial de reformas de la LFSP — Cámara de Diputados
- Reglamento de la Ley Federal de Seguridad Privada — DOF 18-10-2011
- Valor de la UMA 2026 — INEGI, DOF 09-01-2026. Diaria $117.31, vigente desde el 1 de febrero de 2026
- Ley de Seguridad Privada para la Ciudad de México — Congreso de la Ciudad de México
- Sancionan a más de 20 empresas de seguridad privada en 2025 — Infobae, 16 de diciembre de 2025
Esta página es informativa y no constituye asesoría legal. Los montos dependen del valor de la UMA vigente y de la resolución de la autoridad en cada caso.
La mayoría de estas sanciones se originan en fechas que se pasaron. FalconDex lleva la fecha de cada persona y de cada trámite, y avisa antes.
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